BONOS


Los bonos son títulos que simbolizan una deuda contraída por el gobierno o una compañía con los tenedores de estos (inversores). Pagan intereses a una tasa fija, variable o reajustable, fijada cuando se emiten los valores. Los bonos tienen riesgo de incumplimiento (que el emisor no cumpla con los pagos prometidos).

Un instrumento de deuda, como un bono, es emitido por un prestatario en la forma de un certificado con plazos y condiciones del endeudamiento.
Los bonos se caracterizan por contener los elementos que se describen a continuación.

  • Precio. Es el precio de mercado del bono. Está determinado fundamentalmente por los pagos prometidos por el emisor (a los que llamamos “cupones”) y por las condiciones de mercado que influyen sobre el valor de los pagos.
  • Valor al vencimiento. Es el valor del principal (o sencillamente principal) de un bono. Es la cantidad de dinero que el emisor del bono acuerda repagar al tenedor del bono en la fecha de vencimiento. Este monto también es referido como el valor de redención, valor par o valor facial.
  • Plazo. Los bonos son emitidos usualmente con una vida útil definida y una fecha de vencimiento final, así como con plazos acordados para el pago de intereses (cupones) para el inversor. En el caso de bonos con cupón, generalmente los pagos de los intereses (cuotas) son semestrales. En el caso de los bonos sin cupón, el plazo es el tiempo que el bono está en poder de los inversores hasta la fecha de vencimiento. Hay que tener en cuenta que el bono es negociado en el mercado hasta que es redimido o rescatado por el emisor, o hasta la fecha de vencimiento.
  • Riesgo. Los inversores que compran bonos necesitan asegurarse de que el riesgo que conlleva la inversión es el apropiado para el rendimiento que ellos anticipan. En relación con el riesgo, nótese que la deuda es menos riesgosa que el capital porque si el prestatario entra en liquidación, la deuda será repagada a los inversores antes que a los accionistas. Por último, el riesgo primario para el inversor es que el prestatario sea incapaz de pagar el cupón y repagar el principal al vencimiento.
  • Garantías. Las garantías son comúnmente definidas por los prestatarios dependiendo del ingreso de las empresas o de los gobiernos para servir sus deudas. Tanto las compañías como los gobiernos y las instituciones públicas, vistos como prestatarios de riesgo relativamente alto, tornan más atractiva su deuda ante los inversores mostrando una garantía de una institución de bajo riesgo. En esta situación, el inversor confía en la credibilidad del garante, mas no en la del actual prestatario. Adicionalmente, las empresas poco conocidas pueden emitir deuda garantizada por terceras partes, tales como bancos o empresas de seguros, para mejorar la calidad crediticia. Por su parte, países que no están endeudados de modo significativo han adoptado una medida similar, emitiendo deuda garantizada por un gobierno o una organización multinacional. Sobre la calidad crediticia del emisor, se pueden consultar las calificaciones que efectúan agencias especializadas en determinarlas, así como su fortaleza financiera, tanto del emisor como de sus emisiones. Usualmente, el criterio primordial usado para evaluar cuán solvente es un emisor es su capacidad de generación de beneficios futuros y, por lo tanto, de afrontar sus pagos. La agencia que otorga la calificación puede, en cualquier momento, revisar, suspender o retirar la calificación dada.
  • Status de la deuda. La deuda puede o no estar asegurada. La deuda asegurada ofrece protección al inversor en la forma de un derecho legal sobre activos específicos tales como fábricas o edificios. Por otro lado, la deuda no asegurada deja al inversor sin seguridad alguna excepto la promesa del emisor (o garante) de pagar.
  • Leyes de gobierno. Los plazos y condiciones sobre los que los prestatarios levantan fondos están escritos en la parte posterior de un certificado de instrumento de deuda que constituye un acuerdo legal. Los derechos legales son adjudicados en la jurisdicción del país bajo cuyas leyes el instrumento fue emitido.
  • Forma registrada o al portador. Los instrumentos de deuda pueden ser emitidos en la forma registrada o al portador. Así: i.  El propietario de un instrumento registrado es listado en un registro mantenido por el prestatario, y esta lista debe ser enmendada antes de que el instrumento cambie legalmente de manos. ii.  En la forma al portador, la posesión sólo por el portador o dueño del instrumento es evidencia suficiente de ser el propietario y, por lo tanto, de tener el derecho a recibir el interés y el principal.
  • Prioridad sobre activos y utilidades. Los títulos emitidos por las empresas difieren en cuanto a los derechos sobre los flujos de caja que generan y sobre los activos de estas, en caso de incumplimiento. Una lista de estos títulos, desde el de menor jerarquía hasta el de mayor jerarquía (con derechos de prioridad mayores sobre los activos y los flujos de caja), incluye: acciones comunes, acciones preferentes, obligaciones subordinadas, bonos de segunda hipoteca y de primera hipoteca. En otras palabras, los bonos tienen una mayor prioridad sobre las acciones.
  • Contratos de emisión de bonos. Se trata de un contrato suscrito entre el representante de los obligacionistas y el emisor de la deuda. En este documento se encuentran los deberes y derechos de los obligacionistas. Contiene condiciones como el periodo de tiempo hasta la fecha de repago, el monto de interés a pagar, si es que el bono es convertible, si es que puede ser recomprado y el monto de dinero a ser repagado.
  • Opción de recompra. La opción de recompra es una provisión que permite al emisor recomprar o retirar, total o parcialmente, la deuda antes de la fecha de vencimiento. Si esta opción está disponible, usualmente vendrá acompañada de un periodo de tiempo durante el cual el bono podrá ser recomprado. Son definidos un precio específico a ser pagado a los tenedores de bonos y el interés acumulado. Los bonos con opción de recompra pagarán un rendimiento mayor que otros comparables sin esa opción. Esta opción generalmente favorecerá al emisor antes que al inversor; si no es así, el emisor continuará  realizando  los  pagos  de  interés  corriente  y  mantendrá  la  deuda  activa.  Usualmente,  las opciones de compra sobre bonos serán ejecutadas por el emisor cuando las tasas de interés hayan caído. El motivo de ello es que el emisor puede emitir nueva deuda a una tasa de interés más baja, efectivamente reduciendo el costo total de su deuda, en lugar de continuar pagando la tasa efectiva más alta sobre su deuda. Una provisión de recompra permite efectivamente al emisor alterar el vencimiento de un bono.
  • Amortización. Amortizar un bono significa que puede ser repagado al vencimiento o a lo largo de la vida del bono. En el último caso, nos referimos a la existencia de un cronograma de repago del principal, llamado “cronograma de amortización”. En este contexto, nos referimos a una amortización anticipada. La amortización anticipada puede darse a requerimiento del emisor de la deuda o del inversor, y, además, en forma parcial o total. Una amortización parcial anticipada a opción del primero se hace por reducción del nominal o sorteo. Por ejemplo, si el emisor se ha reservado la opción de amortizar anticipadamente la emisión total y se produce una disminución de la tasa de interés, este ejecutará este derecho mientras que el inversor, antes de lo previsto, tendrá que buscar una nueva inversión a una tasa de interés menor, pero si aumenta, la opción no será ejercida en tanto que el inversor podrá amortizar al vencimiento de manera que la inversión que realizó le estará generando intereses inferiores a los de mercado. A las obligaciones que cuentan con un cronograma de repago del principal periódico se las conoce como “obligaciones amortizables”. A aquellas que no lo tienen se las conoce como “obligaciones no amortizables”. En el primer caso, los inversores no hablan en términos del vencimiento del bono, pues el pago del principal será hecho al final. Las obligaciones amortizables son las respaldadas por hipotecas y por activos.
  • Fondos de amortización. Se trata de un fondo de dinero constituido con el objetivo de honrar (pagar) los bonos al vencimiento. Comúnmente, es puesto en manos de un fideicomisario. Es separado por una empresa a intervalos regulares de tiempo. El dinero de estos fondos es invertido en valores que producen ingresos. Estos últimos y los depósitos en efectivo se administran de manera que igualen al monto debido en la fecha de vencimiento. Las empresas tienen la opción de gestionar su propio fondo de amortización, o bien designar un depositario.

Ejemplo de operación con bonos:

Se desean comprar bonos cuyo valor nominal es de $100.000.000 y su vencimiento es dentro de dos años y medio, los cuales pagan intereses semestrales del 10%. No se aplica ningún tipo de descuento.

En este caso, se tiene que el valor futuro es de $100.000.000, y que semestralmente se reciben $10.000.000. Quedan pendientes 5 semestres. El valor futuro se lleva a valor presente a una tasa del 10% semestral por 5 periodos, y las anualidades semestrales de $10.000.000 se llevan a valor presente a la misma tasa y el mismo número de periodos. Entonces,


Se debe pagar $100.000.000 al tenedor de los bonos en el momento, si no se considera ningún tipo de descuento. Generalmente, cuando se hace este tipo de negociaciones, si se aplica un descuento puesto que el tenedor busca recuperar su dinero, y el comprador aplica el descuento para obtener una utilidad por el favor.

A continuación se muestra un video que amplia el concepto.


Referencia bibliográfica:
COURT, Eduardo. TARRADELLAS, Joan. Mercado de Capitales. 1a edición. Pearson Educación. 2010. 

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